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Una de las trabas de la libertad sexual en todos los países mediterráneos es el concepto patriarcal que otorga al hombre el poder de decisión sobre la mujer en cuanto se establezca una pareja, se haya formalizado legalmente o no. Es una visión cimentada tanto por las escrituras cristianas como por las judías e islámicas y muy difundida en todas las sociedades mediterráneas. Por una parte obliga al hombre —ya sea como marido o como novio— a responsabilizarse de la mujer y protegerla contra abusos de otros; por otra exige a la mujer una entrega exclusiva e incondicional y obediencia.

Rebelarse contra este papel, romper la exclusividad cometiendo adulterio o simplemente poner fin a la relación equivale a una traición. Y ésta puede ser castigada por el hombre. Según las religiones monoteístas, incluso debe ser castigada: El Antiguo Testamento recoge la pena de muerte "sin remisión" por adulterio; el Corán prescribe latigazos o encierro.

Este es el fundamento ideológico del fenómeno que se ha dado en llamar "violencia doméstica", "violencia familiar" o, últimamente, "violencia de género". Aunque desde luego existen parejas en las que ambos cónyuges son violentos o lo es sólo la mujer, en una enorme mayoría de los casos se trata de una violencia destinada a mantener el dominio del hombre sobre la mujer, es decir, de perpetuar lo que socialmente se ha considerado durante mucho tiempo el "estado natural" de las cosas. No es infrecuente que esta violencia desemboque en el homicidio, un acto que el asesino —y muchas veces su entorno— normalmente no considera un crimen sino una manera de hacer justicia ("la maté porque era mía").

Es difícil trazar un mapa de de violencia, dado que sólo una mínima parte se denuncia. Los asesinatos son más fáciles de cifrar, pero sólo en la última década se han recogido datos concretos. En 2008, España, con una población de 40 millones, contabilizó 75 mujeres asesinadas por sus compañeros (maridos, novios, ex maridos...); Francia, con 60 millones, 156 mujeres asesinadas y 27 hombres, Italia, con una población muy similar, 113. Son cifras muy cercanas a la media anual de estos países. En Portugal, con 10 millones, se registraron 41 casos; en los años anteriores, la cifra había oscilado entre los 20 y los 30, comparable, por tanto, a la francesa.

Leyes benévolas

adulterio atenuantesCuando se da por hecho que el motivo del asesinato ha sido el adulterio cometido por la mujer, tanto la sociedad como, en ciertos países, la judicatura suelen ser bastante benévolos con el homicida. Una decena de estados aplican hasta hoy atenuantes a los asesinatos cometidos al sorprender a la esposa en 'flagrante delito' de adulterio. Esta disposición se halla por primera vez en el Código Napoleónico de 1816, que sirvió de inspiración para numerosos sistemas legales, entre otros el del Imperio Otomano. También formaba parte de los códigos legales españoles del XIX.

A través de las leyes francesas y otomanas, la cláusula se incorporó a los códigos de prácticamente todos los países mediterráneos y numerosos otros, como Brasil, México o Estados Unidos. En muchos se mantiene, pero ha sido abolida en toda Europa a lo largo del siglo XX, a veces sólo recientemente: Luxemburgo la anuló en 2003. Al sur del Mediterráneo sigue en vigor.

En Marruecos, la ley prevé atenuantes para un crimen cometido si un cónyuge sorprende al otro en flagrante delito. Desde 2003, la ley no distingue entre marido y mujer pero, dado que los hombres parecen ser más dados a ejercer la violencia en estos casos, esta ‘igualdad’ no es tal, según denuncian las organizaciones feministas. En todo caso se trata de crímenes infrecuentes, limitados prácticamente a los sectores sociales marginados, y un adulterio descubierto a menudo ni siquiera desemboca en divorcio. Aun con la atenuante se pueden imponer 10 años de prisión.

Muy similar es la ley argelina, que también reduce la pena si “uno de los cónyuges encuentra en flagrante delito de adulterio al otro”. Así también lo prevé la ley de los Emiratos. Túnez abolió una ley parecida en 1993 y Turquía lo hizo en 2003.

Sin embargo, en Turquía, sobre todo en la región kurda, es muy habitual que una mujer que cometa adulterio sea asesinada, a menudo junto a su amante, normalmente con el beneplácito de las familias de todos los implicados. En 2001, Jordania —donde los asesinatos llamados de honor son frecuentes— enmendó su código penal de forma temporal para extender los atenuantes también a la mujer, pero la reforma nunca fue aprobada por el Parlamento.

En Egipto, el marido que mata a su mujer sorprendida en flagrante delito, no cumplirá más de tres años de prisión, pero ella podría ser condenada a 15, si toma la justicia por su mano. En Siria, la pena es de medio año a un año de prisión y los atenuantes favorecen al marido incluso cuando mata a su mujer sólo por encontrarla en “condiciones sospechosas” con otro hombre, pero nunca al contrario.

Bahréin, Kuwait, Omán, Yemen, Líbano e Iraq prevén “penas de prisión” para quien sorprenda a la esposa —u otra mujer de la familia, ya sea hermana, madre o hija— y asesine a ella y su compañero sexual. Normalmente no especifican la duración de la pena, pero la definen como más benévola que la habitual por asesinato. No está claro si una cláusula similar forma parte del sistema judicial de Arabia Saudí, Irán o Sudán, pero al castigarse el adulterio con la muerte, probablemente su judicatura justifique el asesinato en tales casos.