Cerco judicial a Israel
Lo hemos intentado todo, pero ya no nos queda otro remedio que buscar la justicia fuera. En España”. Lo dice Meir Margalit, portavoz del Comité Israelí contra las Demoliciones de Casas (ICAHD). Esta organización, con sede en Jerusalén, acaba de invitar al juez chileno Juan Guzmán —el mismo que decretó el arresto de Pinochet— para evaluar la posibilidad de juzgar en el extranjero a los altos cargos responsables del programa de demolición de casas, práctica habitual del Ejército israelí en Cisjordania y Gaza.
“Creemos que el país donde se presentará la denuncia será España. Parece ser el lugar más oportuno. No sólo porque su código legal incluye la jurisdicción universal; también porque las leyes españolas han demostrado en los últimos años ser muy respetuosas con los derechos humanos”, así resume Margalit el resultado de la reunión.
No quiere adelantar fechas, pero asegura que no tardarán “más de seis meses”. Añade que “no nos gusta sacar fuera las barbaridades que se cometen aquí, pero no nos queda otra opción. Estamos frustrados porque no podemos conseguir justicia en las Cortes israelíes”.
España sólo forma un frente del ataque. Simultáneamente, el ICAHD baraja lanzar una denuncia similar en Gran Bretaña. David Machover, el abogado contactado por Margalit, ve posibilidades de éxito, aunque es cauteloso: “Aún no tengo indicios suficientes como para iniciar un caso”, explica Machover a La Clave. Pero recuerda que ya colabora con la organización israelí Yesh Gvul —que pide el fin de la ocupación de Palestina y apoya a objetores de conciencia— “para incriminar a varios militares por delitos de asesinato y demoliciones en Gaza”.
El general que huyó
En septiembre de 2005, Machover consiguió una orden de arresto contra el general israelí retirado Doron Almog, acusado de haber ordenado el derribo de 59 viviendas en Gaza en venganza por la muerte de soldados judíos, un crimen de guerra según la Convención de Ginebra. Almog se salvó por los pelos: antes de bajar del avión fue contactado por el adjunto militar de la embajada israelí en Londres, que le aconsejó volver en el mismo aparato a Tel Aviv, ya que la policía le esperaba en el aeropuerto. El general huyó, pero el caso trajo cola: el entonces ministro de Exteriores, Jack Straw, se disculpó oficialmente ante Israel. Algo que “no debería haber hecho, porque fue una acción totalmente legítima”, defiende Machover.
El abogado continúa su batalla, aunque no quiere destapar sus cartas. Sólo confirma que tiene listos en el cajón varios legajos “con casos contra militares, que nos permiten pedir una orden de arresto en cuanto nos enteremos de que estas personas viajan a Gran Bretaña o están en el país”. Dado que nadie sabe quién está en la lista, el propio ejército israelí aconseja a sus oficiales evitar los viajes a Inglaterra, confirma a La Clave Ishai Menuchim, jurista de Yesh Gvul.
A Machover le preocupa “que el Gobierno británico pueda cambiar la ley para dificultar este tipo de actuaciones. Aún no ha hecho nada en este sentido, pero Israel sigue presionando”. No sería el primer caso: Bélgica cambió su legislación en 2003 tras aceptarse en los tribunales una denuncia contra Ariel Sharon, aunque Machover cree que “tal vez vuelvan a restablecer esta ley pronto”. O no: no parece que corran buenos tiempos para la justicia globalizada. En diciembre pasado, un tribunal de Nueva Zelanda emitió una orden de arresto contra el general retirado Moshe Ya’alon, de visita en la isla. Su crimen: ordenó bombardear una casa en Gaza para matar a un alto responsable de Hamás. Murieron, además, 13 civiles. Pero Ya’alon no tuvo que huir: el fiscal general neozelandés, Michael Cullen —quien, además, es viceprimer ministro, líder del Parlamento y ministro de Finanzas— bloqueó la orden hasta la partida del general acusado. “Se libró por motivos políticos”, cree Machover.
Inmunidad
Hay más países que incluyen la jurisdicción universal en sus códigos legales. El abogado cita Países Bajos, Alemania e Irlanda. En Estados Unidos, el ‘Alien Tort Statute’ (Estatuto de daños a foráneos), creado en 1789, permite a las víctimas de graves violaciones de derechos humanos de cualquier parte del mundo acudir a la vía civil y reclamar compensaciones económicas, como confirma a La Clave Jen Nessel, portavoz del Center for Constitutional Rights, una organización de abogados con sede en Nueva York. Acaba de perder un caso: en diciembre, un tribunal se declaró no competente en la demanda contra Moshe Ya’alon por el bombardeo de un puesto de Naciones Unidas en Líbano, en el que murió un centenar de civiles en 1996, porque la ley estadounidense garantiza inmunidad a los Estados y a quienes dependan de ellos. Ya’alon se libró por haber actuado en ejercicio de su cargo militar. Pero sigue en los tribunales la denuncia del Centro contra Avi Dichter, ex director del servicio de seguridad israelí y responsable de un ataque aéreo contra Gaza en el que murieron siete adultos y ocho niños.
¿Podrá una denuncia contra un alto cargo israelí ser admitida a trámite en España? Dependerá del juez. Virginia Álvarez, experta de Amnistía Internacional, cree que la Ley Orgánica del Poder Judicial es nítida: “La única limitación para juzgar un delito bajo la jurisdicción universal es que no se haya juzgado ya antes en otro lugar. El que haya españoles afectados no tiene nada que ver”. Otras fuentes consultadas son menos optimistas y limitan los delitos a sólo dos: genocidio y terrorismo. “En estos casos, un juez español tendría que abrir diligencias judiciales”, explica un ex magistrado con larga experiencia en altas instancias del poder judicial. Confirma que “el Tribunal Supremo ha recordado que no hace falta que haya implicación española ni intereses españoles” pero señala las “consideraciones prácticas: ¿por qué juzgar casos de Guatemala y no de Tíbet? Se intenta poner puertas al mar, pero la ley no tiene condiciones, como ha recordado el Tribunal Supremo”.
El artículo 23.4 de la Ley Orgánica 6/1985 cita toda una serie de delitos, aparte de genocidio y terrorismo: piratería (también aérea), falsificación de moneda, prostitución y corrupción de menores, tráfico ilegal de drogas, mutilación genital femenina (un supuesto añadido recientemente, con la condición de que los responsables se encuentren en España) “y cualquier otro que, según los tratados o convenios internacionales, deba ser perseguido en España”.
El Código Penal español permitiría juzar a los generales israelíes por pillaje
Este último punto enciende los debates: según Álvarez, todos los actos tipificados como crímenes de guerra en la Cuarta Convención de Ginebra —la demolición de viviendas aparece en el artículo 53— encajarían en este supuesto. Fernando Piernavieja, abogado malagueño, apoya esta interpretación y recuerda que “los tratados ratificados por España se incorporan al ordenamiento jurídico”. De hecho, el artículo 613 del Código Penal español castiga con cuatro a seis años de prisión a quien “destruya, dañe o se apodere, sin necesidad militar, de cosas que no le pertenezcan o realice cualesquiera otros actos de pillaje”. Señala que la absolución de los responsables en Israel no impediría juzgarlos en España, porque la ley hebrea contradice la Convención de Ginebra, ratificada también por Tel Aviv.
No son habas contadas
El juez no lo ve tan claro: “El tratado no dice que el delito deba perseguirse en España. No digo que la puerta esté absolutamente cerrada pero, a bote pronto, sólo se me ocurren el genocidio y el terrorismo. Tal vez las demoliciones se podrían juzgar —aunque no creo— si se considerasen terrorismo de Estado o una forma de genocidio. Pero es más difícil, no son habas contadas”.
Margalit aventura que también se podría calificar la demolición de viviendas de “tortura psicológica”. “Hay familias que viven años y años bajo la amenaza de la demolicón; sus hijos sufren serias alteraciones”, explica. El ICAHD contabiliza más de 5.000 viviendas derribadas desde 2000; las cifras oficiales de 2006 son de unas 264 casas en Cisjordania y unas 90 en Jerusalén Este. El pretexto oficial es siempre la falta de licencia y las demoliciones son legales según la ley israelí, pero no según la legislación internacional, que considera a Israel potencia ocupante del territorio.
El ICAHD señala que Israel deniega los permisos de construcción a los palestinos o cobra tarifas exorbitantes y que, en realidad, “en Jerusalén se trata de echar a cuantos más vecinos árabes mejor, para mantener la mayoría judía”, afirma Margalit. “En Cisjordania suelen ser edificios cercanos a los asentamientos de colonos”. El caso más famoso fue el que le costó la vida, en 2003, a la joven pacifista estadounidense Rachel Corrie, aplastada por una excavadora a la que se enfrentaba en Gaza.La Convención de Ginebra castiga con 15 años a quien traslada población civil a un territorio ocupado para colonizarlo
Pero no sólo las casas podrían derrumbarse sobre las cabezas de los altos cargos israelíes. Una jurista española apunta la posibilidad de juzgar a los generales hebreos... por arrancar olivos. La destrucción de olivares en Cisjordania podría tipificarse como saqueo, dado que los árboles son la base de la economía agrícola palestina. Incluso las colonias sionistas en Cisjordania, con sus 200.000 habitantes, podrían convertirse en una amenaza para el Gobierno en esta visión de la justicia global: el artículo 611 del código penal español, siguiendo la Convención de Ginebra, castiga con diez a 15 años de cárcel a quien “traslade y asiente, directa o indirectamente, en territorio ocupado a población de la parte ocupante, para que resida en él de modo permanente”.
Aunque nadie adelanta nombres, el propio Ehud Olmert se podría enmarañar en la red judicial que están tejiendo Margalit, Guzmán y Machover: como alcalde de Jerusalén, entre 1993 y 2003, fue responsable de una oleada de demoliciones en la parte palestina de la ciudad. Como ex ministro de Finanzas —de 2003 a 2006—, podría responder por el apoyo financiero a la creación de las colonias sionistas, que la ley internacional tipifica como crimen de guerra.
Si un juez —a Margalit le gustaría que fuera Baltasar Garzón— admitiera la denuncia, aún sería muy difícil llegar a una petición de extradición —que debe tramitar el Gobierno— y prácticamente impensable que Israel hiciera caso. Eso sí, un juez podría emitir una orden de arresto y mandar detener al acusado en cuanto pusiera pie en España. Es inverosímil que alguien acabe detenido, pero una serie de órdenes de arresto en Europa —promovidas por organizaciones israelíes y defendidas por abogados judíos, como Machover— pondría en serios aprietos a la diplomacia de Tel Aviv.